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JNE: Devolución de aportes al Fonavi será en seis modalidades y en un plazo de ocho años

El titular del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Hugo Sivina Hurtado, proclamó hoy resultados del referéndum sobre la devolución de aportes al ex Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) y dijo que la ley sometida a consulta popular deberá entrar en vigencia a partir de mañana.

Dos meses después de realizarse la consulta popular, el ente electoral proclamó que el “Sí” se impuso por amplía mayoría, permitiendo que por primera vez en la historia del país surja una ley de una propuesta ciudadana aprobada vía referéndum.

“A partir de mañana, y por estricto imperio de la voluntad ciudadana expresada en las urnas, esta ley entrará en vigencia y será de obligatorio cumplimiento para el Estado y los ciudadanos”, aseveró Sivina.

Señaló que, más allá del contenido de esa ley, se está marcando “un hito en la historia de la democracia en Perú”.

“Estoy seguro de que no podrán olvidar lo que estamos consagrando, al margen de su contenido y sus alcances, de dar vigencia a una ley cuya génesis viene de la voluntad popular expresada en las urnas, lo que mejora cualitativamente el ejercicio de la democracia”.

Al 100 por ciento de las actas del referéndum, el “Si” obtuvo 66.473 por ciento de los votos válidos y el “No” alcanzó 33.527 por ciento, según cifras oficiales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Los mecanismos de devolución
De acuerdo con la iniciativa legislativa sometida a referéndum, la devolución de los aportes al ex Fondo Nacional de Vivienda podrá hacerse efectiva hasta en un período de ocho años y a través de seis modalidades.

La devolución alcanzará a todos los trabajadores que contribuyeron al Fonavi entre el período de 1979 a 1998.

La propuesta legal contempla la conformación de una comisión ad hoc que, en un plazo no mayor de 120 días, efectuará todos los procedimientos necesarios para entregar esos certificados de reconocimiento, según el reglamento interno que elaborará.

Ese grupo de trabajo estará integrado por dos representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, uno de la Presidencia del Consejo de Ministros, dos de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, tres de la Oficina de Normalización Previsional, y tres de de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú.

En la reglamentación de la ley se determinarán las modalidades de devolución efectiva, hasta por el total de los valores notificados en los certificados de devoluciones de aportaciones y derechos del fonavista.

Las seis modalidades contemplan devoluciones en viviendas de interés social, en terrenos urbanizados de interés social, en efectivo, en bonos, en compensaciones tributarias, y en pagos compensatorios de deudas.

El proyecto señala que “se iniciará la devolución efectiva a través de las modalidades señaladas, de acuerdo con el cronograma de actividades de entrega durante un período de ocho años, cuyo inicio es declarado oficialmente por la comisión ad hoc posterior a los 30 días de entregados los certificados de reconocimiento.

Fuente: Andina



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