Ir al contenido principal

Concejo en sesión extraordinaria decidirá vacancia del alcalde de Ite, Ysaul Rivera Chávez

> Lo ausan de haber contratado a familiares en el municipio de Ite

Tacna, 19 de febrero de 2010.- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso el traslado de la solicitud de vacancia del alcalde del distrito de Ite, Pablo Ysaul Rivera Chávez, tras haber aceptado las pruebas que lo acusan de haber contratado a sus familiares en el municipio que dirige.

En sesión extraordinaria, que deberá realizarse dentro de un plazo de 5 días, se decidirá la suerte del burgomaestre.

El ciudadano Alejandro Ernesto Cabana Huamaní a través del abogado Néstor Pari presentó la documentación al JNE en la que se probaría que Rivera Chávez infringió el artículo 22, inciso 8 de la Ley N° 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades) que prohíbe contratar a familiares dentro del primer y cuarto grado de consanguinidad y hasta el segundo grado de afinidad.

“El señor Rivera Chávez ha contratando Hermógenes Velarde Rivera quien es su primo hermano, también ha a sus dos sobrinos Edward Alfonso Manrique Rivera y Javier Eduardo Velarde Salas, es decir padre e hijo han trabajando en la municipalidad de Ite; contamos con la información sustentatoria”, indicó el abogado Pari.

Agregó que se ha acreditado el vínculo de consanguinidad de estas personas con la autoridad edil, se ha entregado los comprobantes y planillas de pago al JNE, además de presentar una resolución firmada por el burgomaestre en la cual designa a su sobrino Manrique Rivera como personal encargado de proyectos de la obra “Mantenimiento de vías foráneas del distrito de Ite”. “Aquí esta su firma, en consecuencia él (Rivera Chávez) no puede decir que no sabía”, dijo.

Con las pruebas ofrecidas, el JNE solicitó al Concejo Distrital de Ite en sesión extraordinaria tratar la solicitud de vacancia, en un plazo máximo de cinco días hábiles de notificada.

Fuente: Radio Tacna

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Fonavistas deberán registrar historial laboral en Sifonavi

TACNA . La administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi (Fondo Nacional de Vivienda) serán asumidos por la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625 (Ley de devolución de dinero del Fonavi a sus aportantes). Así lo dispone el D.S. 006-2012-EF, publicado en Normas Legales del diario oficial El Peruano, que aprueba el reglamento de dicha ley aprobada por referéndum.

Las palabras soeces, ¿quién no ha dicho una?

  ¡Advertencia! El contenido de este reportaje no es apto para menores de 18 años y su lenguaje procaz puede resultarte ofensivo, te recomiendo leerlo con moderación de lo contrario te puedes ir a la m.....

Once movimientos políticos regionales lograron su inscripción en la OROP

> Organizaciones están habilitadas por el JNE para participar en los próximos comicios regionales y municipales