Advierte que si un medio divulga contenidos chuponeados será denunciado penalmente. Juristas cuestionan la resolución.
El Tribunal Constitucional (TC) prohibió a los medios de comunicación la divulgación de conversaciones telefónicas interceptadas o ‘chuponeadas’.
A través de una sentencia (Exp. Nº 00655-2010) referida al procesado por el caso ‘petroaudios’, Alberto Químper, el máximo órgano constitucional advierte, insólitamente, que mientras un medio o periodista no tenga la autorización de quien fue grabado, o no cuente con un mandato judicial, no podrá difundir el contenido de ningún material, “bajo responsabilidad de ser denunciados penalmente”.
Con ello, el tribunal prácticamente limita cualquier denuncia periodística de actos de corrupción de autoridades, perjudicando, de ese modo, la lucha anticorrupción.
REACCIONES. Consultado sobre la sentencia, el jurista Luis Vargas Valdivia advirtió que esta “recorta el derecho fundamental de la prensa, que es informar”, y pidió “estar muy atentos y firmes en la defensa de la libertad de expresión y de prensa”.
“Además, el TC incurre en una lamentable confusión porque una cosa es la protección de la intimidad, y otra la privacidad, pues si una conversación privada es de interés público, prima esto último”, dijo.
A su turno, el constitucionalista Enrique Bernales señaló que en la sentencia del TC “subyace la sospecha de que son los propios medios los que realizan el ‘chuponeo’ y, por lo tanto, el TC debe hacer precisiones”. De otro modo, dijo, va a estar presente esa duda.
“Esto es un exceso, además, porque el TC está ejerciendo ‘legislación positiva’, y esa no es su atribución, pues esto solo le corresponde al Poder Legislativo”, añadió.
El expresidente del tribunal, Javier Alva Orlandini, demandó a este organismo establecer qué figura delictiva cometerá el periodista que difunda material ‘chuponeado’, pues eso no está claro.
APOYA LA IMPUNIDAD. Empero, no todos los miembros del TC opinaron lo mismo. En un voto singular, el consejero y expresidente del TC, Juan Vergara Gotelli, se mostró en desacuerdo con dicha sentencia porque constituye “una mordaza o censura” a la prensa, una “intromisión ilegítima en los medios de comunicación”, y porque la norma “apoya en cierta forma la impunidad”.
Fuente Peru21
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