> Establecen multas de hasta S/. 36 mil para quienes fumen en lugares prohibidos y con participación de menores
Lima, 13 de enero.- Con el fin de proteger a la ciudadanía contra los efectos negativos del consumo de tabaco, el Gobierno aprobó hoy un Decreto Supremo el cual dispone la aplicación de multas que fluctúan entre los 360 y 36 mil nuevos soles para quienes fumen en lugares prohibidos y con participación de menores, incluidas las unidades de transporte público.
Del mismo modo encarga al Ministerio de Salud, sus dependencias a nivel nacional y a las autoridades municipales y regionales, realizar las inspecciones correspondientes y mediciones periódicas de contaminantes en los referidos locales y establecimientos; y también sancionar a los infractores.
La disposición gubernamental modifica algunos artículos del Reglamento de la Ley Nº 28706, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2008-SA.
El Convenio Marco para el Control de Tabaco de la Organización Mundial de la Salud fue suscrito por el Perú en el año 2004 y entró en vigencia el 28 de febrero del 2006, no habiéndose logrado proteger de manera óptima a la ciudadanía de los daños en la salud causados por el tabaco.
Fuente: Andina
La norma promulgada hoy por el jefe de Estado, Alan García Pérez, también estable la reducción de 20 a 10 por ciento el área destinada para fumadores en los centros laborales privados, restaurantes, cafés, bares, hoteles, centros deportivos y de entretenimiento.